Cámara de Diputados aprueba reforma a Ley de Armas: nuevo control y regulación en México

La Cámara de Diputados aprobó reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, regulando su control y uso, enviando el dictamen al Senado.

La Cámara de Diputados de México aprobó por 476 votos a favor y dos abstenciones, la reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que busca regular el registro, control, vigilancia y sanción de las actividades relacionadas con armas de fuego, municiones, explosivos y sustancias químicas. La reforma fue enviada al Senado de la República para su análisis y aprobación.

Modificaciones a la normativa por portación de armas de fuego

La reforma implicó la modificación de 59 artículos de la ley en cuestión. Uno de los cambios más significativos es la facultad otorgada a la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena) para otorgar, negar, suspender o cancelar los permisos de adquisición y licencias de portación de armas automáticas calibre 7.62 mm o similares y superiores, al personal operativo de los organismos de seguridad pública federales y estatales, siempre y cuando se justifique la necesidad de emplear armamento de esa potencia y volumen de fuego. Entre las armas que caen en esta categoría se encuentran rifles de asalto como el AK-47, ametralladoras y rifles de francotirador.

Además, se estableció que los militares con jerarquía de generales, jefes y oficiales en la Fuerza Armada Permanente podrán poseer y portar armas, cargadores, accesorios y municiones sin licencia, con la sola acreditación de su personalidad militar vigente. No obstante, se prohíbe a los militares portar armas de su propiedad para prestar sus servicios en empresas de seguridad privada o con particulares, sin la autorización de la Secretaría de Defensa o la Secretaría de Marina.

Armas permitidas y restricciones

La reforma también especifica las armas de fuego que están permitidas para la posesión en el domicilio declarado por las personas físicas, con el fin de garantizar la seguridad y legítima defensa de sus moradores. Entre las armas permitidas se encuentran las pistolas de funcionamiento semiautomático de calibre no superior al .380 y sus equivalentes 9x17 mm o 9 mm short o 9 mm kurz. Sin embargo, quedan exceptuadas las pistolas calibres .38 súper, así como otros modelos y marcas del calibre 9 mm, .357, incluyendo en estas excepciones del calibre .22 Magnum, Hornet y TCM.

Asimismo, se prohíbe a las personas ajenas a la Fuerza Armada Permanente la posesión, portación y uso de armas, cargadores, municiones, materiales, accesorios, ingenios o vehículos blindados, así como de vehículos particulares modificados con cualquier tipo de blindaje y adaptados para el uso de armamento.

Opiniones y críticas a la reforma

A pesar de la aprobación de la reforma, algunos diputados expresaron su opinión sobre la eficacia de la misma. El diputado Christian Castro Bello del PRI, destacó que la reforma conforma una ley más clara y eficaz en el control de armas, explosivos, municiones, artefactos pirotécnicos y sustancias químicas, priorizando la seguridad ciudadana y la prevención de delitos. Sin embargo, también señaló que la reforma no es suficiente, ya que no se estableció el control del tráfico, acopio y posesión ilegal de armas, advirtiendo que mientras este fenómeno continúe sin una atención integral, la violencia seguirá afectando a comunidades enteras.

Por su parte, el diputado Ricardo Mejía Berdeja del PT, afirmó que la reforma otorga un marco jurídico más preciso para castigar el tráfico de armas, reconociendo que México es víctima de este tráfico internacional y resaltando la importancia de poner un freno a esta situación. El diputado Israel Damián Retes del PAN, coincidió en que no es suficiente reformar la ley para eliminar el tráfico ilegal de armas utilizado por el crimen organizado, instando al gobierno federal a trabajar en una estrategia para combatirlo.

Finalmente, el diputado Humberto Coss y León Zúñiga de Morena, destacó que la reforma realiza precisiones que cubren lagunas jurídicas que el crimen organizado utiliza para evadir la justicia, mencionando que se prohíbe expresamente el envío de armamento por paquetería o servicios postales.

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